Juntas, entidades y personas, aunaremos fuerzas y recursos para la promoción, fomento e implantación de la Igualdad y prevención de la Violencia de Género dirigidas a la ciudadanía en general.

VENTAJAS DE ESTAR FEDERADA:

    • Aunar recursos humanos y materiales.
    • Ser participes en otras redes feministas a nivel Estatal.
  • Enriquecernos con las experiencias de otras Asociaciones.

Si estás interesada en inscribir a una asociación, y quieres sumarte a la Federación Ágora, te indicamos los documentos a presentar:

Documentos a presentar para registrar una ENTIDAD SOCIAL:

clara_campoamor

  1. Escaneado de los Estatutos
  2. Escaneado del CIF de la Asociación
  3. Escaneado del acta donde se acuerda pertenecer a ÁGORA (El acuerdo se debe adoptar en Asamblea Extraordinaria, y elegir a dos representantes)
  4. Certificado de adhesión a La Federación para proceder a su Registro. (“Registro Nacional de Asociaciones”)
  5. Escaneado del número de Registro Municipal/ Junta de Andalucía
  6. Comprobante pago de la cuota anual (100€)

Además de la siguientes documentos:

  • Inscripción que la puedes descargar: INSCRIPCION_FEDERACION_AGORA
  • Añadir certificado de la Asociación solicitante, para proceder al registro de la Junta de Andalucía. (Éste documento lo debe cumplimentar la Asociación que solicita su adhesión a la Federación, debidamente cumplimentado con todos los apartados, con fechas completas, así como nombres fieles a su identificación en el DNI y la denominación de la Asociación según conste en sus Estatutos. Dicho documento lo presenta la Federación, una vez aprobada la admisión en la Asamblea, al registro de la J.

DESCARGA de documentos:

Recordamos que hay un plazo de un mes, desde la aprobación de una nueva Junta Directiva (aunque sean las mismas personas que ocupen el cargo) para presentar dicho certificado en el registro de Asociaciones de la Junta de Andalucía. En el caso de modificación de Estatutos, el procedimiento es el mismo, un mes de plazo de presentación,

NOTA: Al no haberlo presentado en ese tiempo, se deberá realizar otra Asamblea para poder cumplir con el plazo estipulado, según lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, en la Ley 4/2006, de 23 de junio de Asociaciones de Andalucía y por el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Asociaciones de Andalucía.